Definición: ¿Qué es una asociación?
Una sociedad colectiva es una asociación formal de varias personas con el fin de explotar un negocio gestionado conjuntamente.
Diferentes formas de asociación
Si al menos dos personas jurídicas se unen para un fin común definido, se forma una asociación. Las sociedades pueden ser titulares de derechos y obligaciones. Existen varias formas de asociación.
Las sociedades deben inscribirse en el Registro Mercantil, la Oficina Comercial y la Agencia Tributaria. Salvo algunas excepciones, las sociedades colectivas también deben registrarse en la Cámara de Industria y Comercio y en la Cámara de Comercio.
Sociedad civil (GbR)
Una sociedad civil (GbR) nace cuando al menos dos personas jurídicas se unen para perseguir un objetivo económico común mediante un acuerdo de asociación.
Existen varias formas de sociedades civiles. Además de los comerciantes, también pueden asociarse los autónomos, los médicos y los constructores.
Asociaciones comerciales
Sociedad colectiva (oHG)
La sociedad colectiva (oHG) es adecuada para varias personas jurídicas que desean unir sus fuerzas para una empresa comercial. La oHG se basa en el Código Civil alemán y está adaptada a las necesidades de las empresas comerciales. Según el Código de Comercio alemán (HGB), la oHG actúa como un comerciante. Todos los socios de una oHG responden personalmente de las deudas de la oHG con todos sus bienes empresariales y privados.
La constitución de una sociedad colectiva requiere un contrato de sociedad.
Sociedad en comandita simple (KG)
Se puede constituir una sociedad comanditaria siempre que al menos un socio plenamente responsable y al menos un socio comanditario se unan con el fin de explotar una empresa comercial. El/los socio(s) plenamente responsable(s) responde(n) del pasivo de la sociedad comanditaria con la totalidad de su patrimonio; el/los socio(s) comanditario(s) responde(n) con su aportación de capital.
El/los socio(s) plenamente responsable(s) se denomina(n) socio(s) colectivo(s), el/los socio(s) comanditario(s) se denomina(n) comanditario(s).
La constitución de una sociedad comanditaria requiere un contrato de sociedad.
Las sociedades comanditarias permiten a los socios comanditarios aportar capital propio de forma fácil y económica sin tener que implicarse en la gestión de la empresa. En consecuencia, las posibilidades de los socios comanditarios de controlar e influir en la empresa son reducidas.
Empresa asociada
Los autónomos pueden asociarse en sociedades de personas en virtud de la Ley de Sociedades de Personas (PartGG). Las empresas asociadas, al igual que los autónomos, no pueden dedicarse a negocios comerciales. Para ello son adecuadas las sociedades comerciales. No está permitida la mera participación en el capital de las empresas asociadas.
Las empresas asociadas deben inscribirse en el registro de sociedades. Su nombre debe contener al menos el nombre de un socio y una referencia al formulario de empresa asociada. A diferencia de las sociedades anónimas, en las sociedades colectivas no se exige un capital social mínimo.
Las sociedades colectivas suelen ser gestionadas conjuntamente por todos los socios, salvo que el contrato de sociedad establezca expresamente lo contrario. Todos los socios responden solidaria y personalmente de las obligaciones de la sociedad.
Si en la sociedad no participan personas ajenas a la profesión, la sociedad no está sujeta al impuesto sobre actividades económicas. No es la sociedad la que está sujeta al impuesto sobre la renta, sino los socios personalmente.