No se puede dar ningún consejo legal en este momento.. Solo se pretende señalar aspectos que deben tenerse en cuenta a la hora de fusionar centros.
A la hora de fusionar centros hay que tener en cuenta aspectos de derecho colectivo e individual. Uno de los aspectos del derecho colectivo es que la fusión de centros es un cambio operativo importante que requiere un plan social y una conciliación de intereses.
En la conciliación de intereses, hay que definir los inconvenientes para los trabajadores y negociar un acuerdo entre las partes de la empresa con la participación del sindicato competente y la asociación de empresarios. La compensación por los puestos de trabajo reubicados puede consistir en una indemnización por traslado o en dietas de viaje o en el establecimiento de un sistema de transporte de la empresa.
Los aspectos del derecho individual se reflejan en el hecho de que la reubicación de puestos de trabajo en el contexto de un traspaso de empresas da lugar a un cambio de empleador para los trabajadores afectados. Si los niveles salariales de las sedes fueran diferentes, los costes salariales de toda la unidad aumentarían en comparación con el statu quo. Los empleados de una localidad anteriormente «más barata» que fueran trasladados a una localidad en la que se pagaran salarios más altos, en el futuro serían pagados según los acuerdos empresariales aplicables en la nueva localidad, es decir, se encarecerían. Si los empleados son trasladados de un lugar antes «más caro» a otro «más barato», se llevarían sus «derechos adquiridos». Tampoco se puede quitar nada a los empleados mediante un aviso de cambio, a menos que la empresa esté en apuros porque «no está justificado operativamente». Esto puede conducir a una «sociedad de dos clases» en el futuro, lo que puede provocar trastornos. Las diferencias iniciales sólo pueden reducirse mediante la fluctuación y el «desarrollo biológico», y una equiparación podría llevar décadas, dependiendo de la edad de la mano de obra.
Puede tener sentido crear una nueva empresa antes de una fusión de centros. La nueva empresa puede gestionar dos plantas con dos comités de empresa que forman un comité de empresa central. A continuación, habría que acordar una fusión de centros con el comité de empresa central. En el periodo intermedio hasta la deslocalización, se puede negociar con el comité de empresa central una estrategia a largo plazo que incluya las condiciones en las que ya se pueden realizar nuevas contrataciones.
Para el asesoramiento jurídico sobre la consolidación del emplazamiento, se recomienda la participación de los expertos jurídicos pertinentes.