El principio de utilidad subjetiva esperada (SEU) es adecuado para las decisiones bajo riesgo, es decir, para aquellas situaciones de decisión en las que las probabilidades no están explícitamente disponibles. En estos casos, se asumen valores de utilidad percibidos subjetivamente para cada una de las propias opciones de decisión, que se consideran aplicables desde la propia posición estratégica y táctica. La decisión se toma por la opción a la que se le asigna el mayor valor de utilidad subjetiva. Los valores de utilidad se obtienen comparando las expectativas de utilidad multiplicadas por las probabilidades de ocurrencia percibidas. La «utilidad» se utiliza como unidad de medida para la utilidad percibida subjetivamente.
El principio SEU puede ser útil cuando no se dispone de información objetiva y relevante para la decisión. En estos casos, tiene sentido hacer suposiciones sobre la evaluación subjetiva de la utilidad de terceros.
También hay formas de señalar de forma creíble su propio comportamiento y, por tanto, de dar a los socios de la negociación cierta seguridad sobre su decisión. Por supuesto, esta posibilidad de auto-vinculación también está abierta a sus socios negociadores.